Todoterreno
HOMOLOGACIÓNILUMINACIÓN
No toda modificación de iluminación es una reforma. Cambiar pilotos traseros o laterales por LED en su ubicación original no requiere homologación. Sí la requiere instalar dispositivos en posiciones no originales, añadir luces de carretera adicionales o montar faros auxiliares que alteren el sistema de alumbrado del vehículo.
Al instalar luces de carretera adicionales, la suma de los puntos de luz de todos los dispositivos —originales más los nuevos— no puede superar 100. Los puntos de luz vienen marcados en el propio faro y es un dato que hay que verificar antes de homologar.
Es posible legalizar soportes para faros decorativos sin conexión eléctrica, pero todos los bordes deben estar redondeados con un radio mínimo de 2,5 mm y hay que enviar fotos únicamente de los soportes, sin las luces montadas.
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Qué se homologa
La homologación de iluminación en todoterreno cubre la instalación de dispositivos de alumbrado en posiciones no originales o que no formaban parte del equipamiento de serie. Esto incluye barras de luces LED, faros auxiliares delanteros, luces de carretera adicionales y cualquier dispositivo que modifique el sistema de alumbrado original.
La normativa regula de forma precisa cada tipo de luz: altura mínima y máxima sobre el suelo, separación entre dispositivos, ángulos de visibilidad y marcaje homologado requerido. Todos estos parámetros deben cumplirse y quedar documentados en el proyecto técnico.
Hay modificaciones que no necesitan tramitarse: sustituir lámparas originales por LED homologadas en su misma ubicación, o cambiar pilotos traseros y laterales por equivalentes LED en posición original.
Qué incluye
- Proyecto técnico completo firmado por ingeniero colegiado
- Verificación de puntos de luz — suma de originales y adicionales inferior a 100
- Comprobación de alturas de cada dispositivo según normativa
- Revisión de marcaje homologado (CE, E, R) de cada luz instalada
- Documentación de faros ornamentales sin conexión si aplica
- Certificado del taller instalador
- Gestión completa para actualización de la ficha técnica en la DGT
Documentación necesaria
Fotografías de los 4 costados del vehículo completo — frontal, trasera y ambos laterales.
Para identificar el sistema de alumbrado original y las cotas de referencia. Imprescindible para verificar las alturas de los nuevos dispositivos.
Para verificar titularidad y datos de matrícula. Necesario para tramitar la actualización en la DGT.
Documentación del fabricante de cada luz instalada, incluyendo marcaje homologado, puntos de luz y tipo de dispositivo.
Fotos con las luces montadas. Especialmente importantes las que muestren la altura y posición de cada dispositivo respecto al suelo.
Dato marcado en el propio faro de serie. Necesario para calcular si la suma total con los nuevos dispositivos se mantiene por debajo de 100.
Acredita que la instalación eléctrica se ha realizado correctamente.
Requisitos por tipo de dispositivo
Cada tipo de luz tiene sus propios requisitos de altura, posición y marcaje. Verificamos todos en el proyecto técnico antes de presentar la documentación.
| Dispositivo | Nº | Altura mín. | Altura máx. | Marcaje |
|---|---|---|---|---|
| Luz diurna (DRL) | 2 | 250 mm | 1500 mm | RL |
| Luz de cruce | 2 | 500 mm | 1200 mm | C, C/R, HC, HC/R, DCR… |
| Luz de posición delantera | 2 | 250 mm | 1500 mm | A |
| Luz antiniebla delantera | 2 | 250 mm | 800 mm | F ó B |
| Luces de carretera | 2 ó 4 | — | — | R, HR, HCR, DCR… |
| Luces indicadoras de dirección | 2+2+2 lat. | 350 mm | 1500 mm | 1, 1a, 1b, 2a, 2b, 4, 5… |
| Luz de posición trasera | 2 | 350 mm | 1500 mm | A ó R |
| Luz de freno | 2 | 350 mm | 1500 mm | S1 ó S2 |
| Tercera luz de freno | 1 | 850 mm | — | S3/S4 |
| Luz antiniebla trasera | 1 ó 2 | 250 mm | 1000 mm | F ó B |
| Luz de marcha atrás | 1 ó 2 | 250 mm | 1200 mm | AR |
| Catadióptrico trasero | 2 | 250 mm | 900 mm | I, IA, IV A |
| Luz de placa de matrícula | Los necesarios | 300 mm | 1200 mm | L |
Al añadir luces de carretera adicionales, la suma de los puntos de luz de todos los faros del vehículo no puede superar 100. Este dato viene grabado en el propio faro y es uno de los primeros valores que comprobamos.
Las DRL deben apagarse automáticamente o reducir su intensidad cuando se activan las luces de cruce o de carretera. Es un requisito funcional que hay que verificar antes de homologar.
Información Adicional
Una antiniebla delantera no puede usarse como luz de carretera. Son dispositivos con funciones distintas y la normativa prohíbe expresamente ese uso combinado. Si tu instalación tiene este tipo de configuración, hay que corregirla antes de tramitar la homologación.
Sustituir las bombillas originales por LED homologadas en la misma ubicación y con el certificado de homologación del faro, no se considera reforma. Lo mismo aplica a cambiar pilotos traseros o laterales por equivalentes LED en posición original.
Al elevar un todoterreno, las luces originales suben con la carrocería y pueden quedar fuera de los rangos permitidos. En ese caso hay que reubicarlas antes de homologar.
Se pueden homologar soportes para faros decorativos sin conexión eléctrica. La condición es que no tengan aristas vivas: todos los bordes deben estar redondeados con un radio mínimo de 2,5 mm.
Cada dispositivo de alumbrado debe llevar su marcaje correspondiente grabado en la lente o carcasa. Sin marcaje homologado, la luz no puede incluirse en el proyecto técnico.
Es muy frecuente elevar el vehículo y añadir iluminación adicional en la misma preparación. Podemos tramitar ambas reformas en un único proyecto técnico, lo que reduce el coste total.
Luces en posiciones no originales o sin homologar son motivo de rechazo directo en la ITV. Con el proyecto técnico aprobado y la ficha actualizada, el vehículo pasa sin incidencias.
Pistonhead — Homologaciones Todoterreno
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